miércoles, 9 de septiembre de 2009

Glosario Aduanero ...T....



Tasas
Es el precio que debe pagar el usuario por la prestación de un servicio público. El servicio puede ser prestado directamente por el Estado o por particulares.


Territorio Aduanero Nacional
Demarcación dentro de la cual se aplica la legislación aduanera; cubre todo el territorio nacional, incluyendo el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo, el segmento de la órbita geoestacionaria, el espectro electromagnético y el espacio donde actúa el estado colombiano, de conformidad con el derecho internacional o con las leyes colombianas a falta de normas internacionales. (Ver Art. 1º del decreto 2685 de 1999).


Transbordo

Es la modalidad del régimen de tránsito aduanero, según la cual se permite el traslado de mercancías del medio de transporte utilizado para la llegada al territorio aduanero nacional a otro que efectúa la salida a país extranjero, dentro de una misma Aduana, bajo control aduanero, sin que se causen tributos aduaneros.


Transportador

Es la persona natural o jurídica encargada de ejecutar y finalizar las operaciones de tránsito dentro de los plazos autorizados. Las operaciones de tránsito aduanero se realizarán únicamente en los vehículos de empresas inscritas y autorizadas previamente por la Subdirección de Comercio Exterior de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.Excepcionalmente, la Aduana podrá autorizar el tránsito en vehículos pertenecientes a los declarantes, para lo cual se requiere la constitución de una garantía específica.


Transportista
Aquel autorizado por el Organismo Nacional Competente de su país de origen para ejecutar o hacer ejecutar el transporte internacional de mercancías.


Transporte multimodal
Es el transporte de mercancías, en el que se emplean para su ejecución por lo menos dos modos de trasporte, en virtud de un único contrato de transporte multimodal, desde un punto de origen en el que el operador de transporte multimodal toma las mercancías bajo su custodia, hasta otro lugar designado por su entrega.
A las operaciones de transporte multimodal les serán aplicables las disposiciones establecidas para la modalidad de tránsito aduanero, en cuanto no les sean contrarias.


Tránsito Aduanero
Es la modalidad que permite el transporte terrestre de mercancías nacionales o de procedencia extranjera, bajo control aduanero, de una aduana a otra, situadas en el territorio aduanero nacional. El tránsito aduanero está definido, tanto en el artículo 1 como en el art. 353 del Decreto 2685 de 1999, como una operación que permite el transporte terrestre de mercancías nacionales o de procedencia extranjera, de una aduana a otra situadas en el territorio aduanero nacional.

Tránsito Aduanero Internacional
Es el régimen aduanero con arreglo al cual las mercancías son transportadas, bajo control aduanero, desde una aduana de partida hasta una aduana de destino en una misma operación en curso de la cual se cruzan una o varias fronteras, de dos o más países, con suspensión del pago de los gravámenes y tributos a la importación o exportación eventualmente exigibles, mientras dure la operación de tránsito aduanero internacional.

Tributos aduaneros
Término genérico que comprende los derechos de aduana y el impuesto sobre las ventas. A su vez, los derechos de aduana comprenden todos los derechos, contribuciones, tasas y gravámenes de cualquier clase, derechos antidumping o compensatorios y todo pago que se fije o exija directa o indirectamente por la importación de mercancías. Bajo ningún concepto el IVA hace parte de los derechos de aduana.

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